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julio 15, 2025 5:09 pm

PRONTO

Plazos en rojo: SERNAC irrumpe en el negocio inmobiliario chileno

En conversación con Eduardo Ricci Burgos, abogado de negocios, abordamos la nueva circular del SERNAC, la cual redefine las reglas del juego en el negocio inmobiliario, exigiendo mayor responsabilidad a las inmobiliarias desde la reserva hasta la entrega final.

Por: Equipo Mercados Inmobiliarios

El mercado inmobiliario chileno vive una transformación silenciosa, pero profunda. La reciente Circular Interpretativa N° 495 del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha remecido las bases contractuales de la compraventa de viviendas, extendiendo la protección al consumidor hacia zonas que, hasta ahora, eran tratadas con notable laxitud: las promesas, las reservas y toda la comunicación previa a la firma del contrato.

La nueva normativa establece que incluso las ofertas publicitarias, las conversaciones sostenidas con vendedores o las promesas hechas en salas de ventas —por muy informales que sean—, deben considerarse parte vinculante del acuerdo comercial. Así, el relato de una entrega “en doce meses” o una promesa “en blanco o en verde” deja de ser una intención blanda para convertirse en un compromiso exigible.

“Es un antes y un después”, señala el abogado de negocios Eduardo Ricci Burgos. Para el jurista, esta circular marca un hito al situar los contratos preparatorios en materia inmobiliaria como instrumentos de adhesión, lo que implica que deben ajustarse a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor (LPC), tanto en forma como en fondo. En otras palabras, ya no se trata solo de lo que se firma, sino de lo que se promete.

Abusos bajo la lupa

El documento también identifica prácticas que serán consideradas abusivas. Entre ellas, imponer multas al comprador por desistirse de la compra sin causas atribuibles a él, como el rechazo de un crédito hipotecario; la ausencia de sanciones para la inmobiliaria por retrasos en la entrega; o exigir la firma de contratos sin entregar planos ni especificaciones técnicas completas.

En esta línea, la exigencia de plazos claros y sanciones por incumplimiento ya no es solo una buena práctica, sino una obligación. «Las inmobiliarias deben entender que ahora, la publicidad y los folletos no son marketing blando, son declaraciones contractuales», insiste Ricci.

Aunque la relación jurídica del consumidor es exclusivamente con la inmobiliaria, la circular pone presión sobre otro actor clave: las empresas constructoras. En muchos casos, los retrasos e incumplimientos provienen de su ejecución, pero legalmente se mantienen al margen.

¿Y las constructoras?

“El problema es que las constructoras son formalmente ajenas, pero materialmente involucradas. Y esa desconexión genera zonas grises que complican la resolución de conflictos”, explica Ricci. Cuando ambas entidades pertenecen al mismo holding, la jurisprudencia podría avanzar hacia una interpretación que configure una corresponsabilidad civil, abriendo una nueva etapa de fiscalización y litigios.

La propuesta del abogado es clara: identificar explícitamente a la constructora en todo material publicitario y contractual, fortalecer los contratos entre inmobiliarias y constructoras con penalidades automáticas por incumplimiento, y establecer seguros de cumplimiento obligatorios. «No se trata solo de cumplir la norma, sino de alinear toda la cadena de valor con los derechos del consumidor», plantea.

Compensaciones automáticas y justicia ágil

Ricci incluso propone ir más allá de la Circular. Entre sus ideas destaca la inclusión de cláusulas que establezcan compensaciones automáticas para el consumidor ante retrasos injustificados; el desarrollo de mecanismos de resolución de conflictos más ágiles que la vía judicial, como mediación o arbitraje; y un sistema de certificación externa de contratos, que garantice el cumplimiento normativo y la eliminación de cláusulas abusivas.

«Hoy el consumidor está obligado a acudir a tribunales para exigir lo que por derecho le corresponde. Eso no es eficiencia, ni equidad», sentencia.

Una advertencia, no un castigo

La Circular no debe ser leída como una amenaza, sino como un paso hacia la madurez de un sector que tradicionalmente operaba con asimetrías de poder. “Las inmobiliarias que ya han profesionalizado su trato con el cliente, y que entienden la venta como un proceso con responsabilidad integral, no tienen nada que temer”, afirma Ricci. El desafío es para quienes aún tratan la reserva como un gesto simbólico y el folleto como un poema comercial.

Chile avanza así hacia una mayor transparencia y equilibrio en el mercado inmobiliario. Pero el camino no será corto ni exento de tensiones. Integrar a las constructoras en la ecuación, asegurar compensaciones reales y construir un sistema coherente de contratos exige voluntad política, jurídica y empresarial.

Por ahora, la advertencia está sobre la mesa. Y el reloj corre.

Efectos publicitarios para el negocio inmobiliario a propósito de la nueva ley de protección de datos personales.

Por: Eduardo Ricci Burgos, Abogado de Negocios en COHLERS+PARTNERS

La nueva Ley 21.719 que modifica la Ley 19.628 de Vida Privada, hoy “Ley de Protección de Datos Personales” en Chile,  tendrá un impacto significativo en la recolección y uso de datos personales en la publicidad inmobiliaria una vez entre en vigor su nueva normativa. Estos cambios están diseñados para fortalecer la privacidad de los ciudadanos y asegurar un tratamiento más responsable de la información personal.

A continuación detallo aquellos aspectos más relevantes en el contexto de la publicidad inmobiliaria, así como las principales formas en que se afectará a las inmobiliarias en el contexto de sus estrategias publicitarias una vez esta Ley sea aplicable.

Primeramente, las inmobiliarias deberán obtener un consentimiento explícito, informado y específico de los usuarios antes de recolectar y utilizar sus datos personales para fines publicitarios, significando que las empresas no podrán utilizar datos de contacto o información personal sin la autorización clara de los consumidores, por lo que cualquier campaña publicitaria que utilice información personal, como correos electrónicos o datos demográficos, requerirá que los consumidores acepten de manera clara y específica el uso de sus datos.

Luego, las empresas estarán obligadas a llevar un registro de las actividades de tratamiento de datos personales, lo que incluye documentar qué datos se recolectan, con qué finalidad y cómo se almacenan, debiendo ser transparentes sobre cómo se utilizarán los datos personales recolectados para usarlos en sus campañas publicitarias, informando a los usuarios sobre el propósito de la recolección de datos y cómo se compartirán con terceros, como plataformas de publicidad o agencias de marketing. La falta de claridad en esto podría resultar en sanciones por parte de la nueva Agencia de Protección de Datos.

Los titulares de datos tendrán derechos reforzados bajo la nueva ley, incluyendo el acceso, rectificación, cancelación y oposición respecto al uso de sus datos, por lo que los consumidores podrán solicitar la eliminación de sus datos de las bases de datos de las inmobiliarias, afectando la continuidad y efectividad de las campañas publicitarias dirigidas.

Por otro lado, la ley establece criterios más estrictos para el tratamiento de datos sensibles, limitando la capacidad de las inmobiliarias para segmentar sus audiencias de manera efectiva. Por ejemplo, el uso de datos sobre la situación económica o personal de los consumidores para personalizar ofertas deberá ser manejado con mayor precaución y bajo un marco legal claro, que enc aso de incumplimiento, podrán generarse importantes multas.

Asimismo, las inmobiliarias deberán implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger los datos personales que recolectan, adoptando prácticas que eviten accesos no autorizados y la realización de auditorías regulares para asegurar el cumplimiento de estas medidas.

Serán también responsables de garantizar que sus prácticas de recolección y uso de datos cumplan con la ley. Esto incluye la necesidad de implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger la información personal y evitar filtraciones de datos que podrían resultar en sanciones severas, siendo un riesgo financiero para las inmobiliarias, lo que afectaría no solo la confianza de los consumidores, sino también la viabilidad de las campañas publicitarias.

Todo lo visto obligará a las inmobiliarias a revisar y modificar sus estrategias de publicidad para cumplir con la nueva ley, afectando la forma en que se recolectan y utilizan los datos, pero también influirá en la relación de confianza que las empresas establecen con sus clientes. Si bien la nueva normativa entrará en vigencia después de 24 meses desde su publicación este mes de diciembre en el Diario Oficial, la temprana adaptación a esta normativa, incluso antes de que sea ella exigible legalmente, será crucial para adaptarse a la nueva legislación y además mantener la efectividad de las campañas publicitarias en un nuevo entorno regulado.

Eduardo Ricci Burgos: “Agilización de Permisos de Construcción es un paso clave para el futuro del negocio inmobiliario”

La nueva Ley N°21.718 sobre agilización de Permisos de Construcción, recientemente publicada, introduce cambios significativos en la normativa inmobiliaria del país.

Por: Equipo Mercados Inmobiliarios

El abogado de negocios y experto en derecho inmobiliario de COHLERS+PARTNERS, Eduardo Ricci Burgos, analizó la reciente publicación de la Ley N°21.718 sobre Agilización de Permisos de Construcción, que modifica aspectos fundamentales de la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), y se refiere a esta como una “prueba de fe” para el sector inmobiliario en Chile.

Esta reforma, publicada el pasado 29 de noviembre, busca reducir los tiempos de aprobación y otorgamiento de permisos en un sector que ha enfrentado importantes desafíos en los últimos años.

“La implementación de esta ley es crucial para determinar si realmente se podrán generar los incentivos necesarios para reactivar una industria profundamente afectada por la burocracia y la lentitud de los procesos administrativos”, afirmó Ricci Burgos.

Entre las modificaciones más destacadas que introduce la nueva ley, el abogado mencionó varias que tendrán un impacto directo en los procedimientos y la agilidad con que se gestionan los permisos de construcción en el país.

En primer lugar, se amplía el rol del Seremi Minvu, tal como se señala en el artículo 11, permitiéndole otorgar permisos y autorizaciones en ausencia del Director de Obras Municipales (DOM). Este cambio podría acelerar el proceso de obtención de permisos, especialmente en áreas urbanas con alta demanda, facilitando una respuesta más ágil a los proyectos inmobiliarios.

Además, el artículo 12 refuerza la competencia de la Seremi Minvu para resolver reclamaciones interpuestas contra las resoluciones del DOM, enfocándose en las normas urbanísticas y la legalidad de las decisiones.

Por otro lado, la nueva ley introduce una mayor responsabilidad para los profesionales involucrados en los proyectos de construcción. Según el artículo 18, tanto los arquitectos como los ingenieros encargados de proyectos de cálculo estructural y estudios de mecánica de suelos serán responsables por los daños derivados de errores en el ejercicio de sus funciones. Este cambio busca asegurar que los proyectos se realicen conforme a la normativa vigente, protegiendo la seguridad y calidad de las obras.

En cuanto a la prescripción de infracciones, el artículo 20 establece que las obras que no requieran permisos de construcción prescribirán en un plazo de un año desde la infracción, lo que agiliza la resolución de ciertos casos y mejora la eficiencia del sistema.

Un aspecto clave de la reforma es la introducción del “revisor independiente” (artículo 116 Bis), quien podrá ser contratado por los propietarios para verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y técnicas en los proyectos de construcción. Esta figura permitirá una revisión más eficiente, reduciendo los tiempos de espera y aumentando la transparencia en el proceso de aprobación.

La ley también incorpora un nuevo procedimiento de reclamación y establece el concepto de «silencio administrativo negativo», según el cual, si el DOM no se pronuncia dentro de los plazos establecidos, el solicitante podrá considerar que su solicitud ha sido rechazada. Este cambio busca evitar la dilación de los trámites, un factor crítico que ha afectado la agilidad del sistema.

Finalmente, en lo que respecta a la recepción de obras, el artículo 144 establece que la Dirección de Obras Municipales solo revisará el cumplimiento de las normas urbanísticas aplicables, permitiendo un proceso más sencillo y rápido de recepción de proyectos. No obstante, aún quedan aspectos que podrían haber sido mejorados, como la falta de un silencio administrativo para la recepción de obras, lo que habría agilizado aún más los plazos.

Si bien la nueva ley representa un avance importante para la agilización de los permisos de construcción, Eduardo Ricci Burgos destacó que la solución a la lentitud de los procesos no pasa únicamente por la promulgación de leyes. “Es necesario abordar esta problemática de manera integral, invirtiendo en recursos humanos, tecnología y equipamiento en las municipalidades para que los cambios tengan el impacto esperado”, concluyó el abogado de COHLERS+PARTNERS.

Los impactos del greenwashing en el negocio inmobiliario

Por: Eduardo Ricci Burgos, abogado de Negocios COHLERS+PARTNERS

Ya sabiendo en qué consiste el greenwashing y como normalmente éste se materializa, el mismo puede tener varios impactos en el sector inmobiliario. Estos impactos están relacionados normal o generalmente con la percepción de los proyectos inmobiliarios, la confianza de los consumidores y las políticas gubernamentales.

Algunos de los impactos más destacados son:

  1. Desconfianza del consumidor: Cuando los consumidores descubren que una empresa inmobiliaria está involucrada en prácticas de greenwashing, pueden perder la confianza en la marca y ser más escépticos ante las afirmaciones de sostenibilidad. Esto puede resultar en una disminución de la demanda de propiedades de esa empresa y un impacto negativo en su reputación.
  2. Dificultad para acceder a financiamiento: Los proyectos inmobiliarios sostenibles y respetuosos con el medio ambiente pueden recibir apoyo financiero y beneficios fiscales. Sin embargo, si los desarrolladores son acusados de greenwashing, los bancos y otras instituciones financieras pueden mostrar desconfianza para financiar sus proyectos, lo que afectaría su viabilidad económica.
  3. Riesgo legal y regulatorio: A medida que aumenta la preocupación por el medio ambiente y la sostenibilidad, los gobiernos pueden implementar regulaciones más estrictas para combatir el greenwashing en el sector inmobiliario, sea por la vía legal o reglamentaria. Esto podría resultar en multas y sanciones para las empresas que utilizan tácticas engañosas para promover sus proyectos, afectando claramente al consumidor.
  4. Dificultades para obtener certificaciones: Muchos proyectos inmobiliarios buscan obtener certificaciones de sostenibilidad como una garantía de su producto hacia l cliente o el mercado, siendo ello un elemento diferenciador de su competencia. Sin embargo, el greenwashing puede dificultar la obtención de estas certificaciones, ya que los organismos evaluadores serán más cautelosos y exigentes para asegurarse de que los proyectos cumplan realmente con los criterios de sostenibilidad y sustentabilidad requeridos para calificar.
  5. Perdida de la ventaja competitiva: Las empresas inmobiliarias genuinamente comprometidas con la sostenibilidad pueden ser perjudicadas si otras utilizan tácticas de greenwashing para aparentar ser igual de responsables con el medio ambiente. Esto podría llevar a una competencia desigual y perjudicar a los actores realmente comprometidos con prácticas sostenibles y sustentables.

En suma, el greenwashing en el sector inmobiliario no solo afecta negativamente la percepción y confianza de los consumidores, sino que también genera serios riesgos económicos, legales y competitivos para las empresas involucradas. La falta de transparencia y la proliferación de afirmaciones engañosas sobre la sostenibilidad ponen en peligro tanto la credibilidad de las compañías como la integridad del mercado. Para evitar estos impactos, es crucial que las empresas adopten prácticas auténticas de sostenibilidad y que se implementen regulaciones claras y rigurosas que definan y certifiquen lo que realmente significa ser un proyecto inmobiliario sostenible.

El negocio inmobiliario. Logra pasar “agosto”, pero ¿y septiembre?

Por: Eduardo Ricci Burgos, abogado de Negocios COHLERS+PARTNERS

La venta de viviendas en el país cayó por tercera vez consecutiva (lleva así 3 trimestres), esta vez con una baja del 14% en el segundo trimestre en comparación al mismo período en 2023, lo que genera un sobre stock de viviendas de más de 114.000 unidades.

El nivel de stock con entrega inmediata de viviendas representa el 35% del total, siendo mayor en el caso de los departamentos. Ello explica entre otras cosas, que hoy los departamentos en verde están más caros que los de entrega inmediata.

Por otro lado, y paradojalmente, el déficit de viviendas sociales a nivel nacional en el año 2023 fue del 50,92%, y se espera que para el año 2025 la necesidad de viviendas rondará en torno a los 750.000 unidades.

Los primeros seis meses del 2024 se autorizaron 8.512 unidades, que se traduce en un 21% menos que el mismo período del año anterior. Los permisos de edificación cayeron un 25% en la Región Metropolitana en comparación al primer semestre del 2023, lo que se traduce en 62 permisos de edificación versus 83 del año anterior.

En el tercer trimestre (julio – septiembre) de este año 2024, se producirá el vencimiento de permisos de construcción más grande de la historia para un año, totalizando 319 proyectos inmobiliarios (221 de edificios y 98 de casas), lo que en números significa que para esa fecha, casi 44.000 departamentos y 9.500 casas perderán este permiso.

Se ha dicho que al actual ritmo de venta, la oferta de viviendas terminará en 35 meses (asumiendo que no partiera absolutamente ningún nuevo proyecto más y nos quedáramos con el stock de viviendas del día de hoy). Se dice también que las dificultades de la gente para acceder a una vivienda están lejos de terminar, pues se siguen agravando, al punto de que hoy, solo un 20% de personas pueden adquirir una casa o departamento sin el apoyo del Estado.

Por otro lado, y como su lo anterior no fuese suficiente, muchos bancos endurecieron en hasta un 50% más, sus condiciones y estándares para otorgar créditos a inmobiliarias, constructoras y a las personas en general; dificultando de esta forma el desarrollo de nuevas obras y reflejándose en una disminución del volumen de inversión.

La cosa no se viene mejor si a lo anterior le sumamos los “esfuerzos” gubernamentales y legislativos que deprimirán aún más el negocio inmobiliario, como por ejemplo el proyecto de Ley de Cumplimiento Tributario impulsado por este gobierno y que pretende modificar la Ley de IVA, estableciendo plazos más cortos para la devolución de ese impuesto a los inversionistas en inmuebles para arriendo, lo que según la ACAFI implicaría que se dejaría de construir más de 1.600 edificios multifamily de renta residencial, una menor recaudación a largo plazo por el menor número de edificios levantados, el consecuente aumento del déficit de viviendas en unas 500.000 menos; o el proyecto de ley para la “Protección del territorio y la vida rural” que debilitará aun más el negocio inmobiliario.

Las señales que llegan del gobierno tampoco son alentadoras. Qué pasó con la propuesta de concesionar a desarrolladores privados la construcción de proyectos de viviendas en suelo fiscal, para que estas sean luego ofrecidas en arriendo, y solucionar así, el actual y grave déficit habitacional que aqueja al país?. Un reportaje en La Tercera del día Sábado 17 pasado muestra como al día de hoy, sólo 1 de los 21 proyectos de la agenda económica, cuyo «fast track» impuesto por el ejecutivo esperaba tenerlas aprobadas en septiembre de este año, ha sido aprobada.

El panorama lejos de ser auspicioso nos muestra una serie de alertas que obligan a los diversos actores a actuar coordinada. No pretendo nombrarlos, pero son claros. Urge entonces llegar a soluciones rápidas, eficientes y efectivas, pero reales, pues quizás el negocio y el sector inmobiliario y de la construcción logren pasar “agosto”, pero dudo que también septiembre…

julio 15, 2025 5:09 pm
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