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diciembre 5, 2024 4:16 am

La ignorancia de muchos facilita los fraudes de pocos  

Por: Patricio Herman Pacheco, Fundación Defendamos la Ciudad

Como consecuencia de la guerra del Pacífico, en el año 1883 se firmó entre Chile y Perú el Tratado de Ancón, en el cual se estableció que la ciudad de Iquique pasa a ser chilena y en el ámbito del urbanismo, esta ciudad se rige todavía por su anticuado Plan Regulador Comunal (PRC) del año 1981, a pesar de que este tipo de instrumentos normativos se deben actualizar cada 10 años, lo que todos los alcaldes del país debieran saber.  Si éstos lo desconocen, los directores de obras municipales y los asesores urbanos de las municipalidades sí lo saben.  

Los lectores agudos e informados ya comprenderán qué razón tuvieron las anteriores autoridades locales y regionales para no preocuparse durante tantos años por esta materia. Suponemos que, con esa voluntaria despreocupación, optaron por entregarles durante 43 años ímprobas facilidades a los inversionistas inmobiliarios para que ejecutaran a sus anchas infinidad de lucrativos  proyectos que les generaron importantes aumentos patrimoniales. Está claro que todo ello está prescripto, y ese sector económico está muy agradecido de tales políticos uniformados y civiles.   

Recordemos que después de mucho bregar, pues los privados interesados en la mantención del libertinaje en la región de Tarapacá, que se oponían a su regulación en un instrumento normativo, dirigidos por la senadora UDI, Luz Ebensperger, y el intendente UDI, Miguel Ángel Quezada, finalmente se logró publicar en marzo de 2022 en el Diario Oficial el Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá (PRICT) que abarca las comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara.  

Los usos de suelo que se reflejan en los PRC son de 6 tipos, a saber: residencial, actividades productivas, equipamiento, infraestructura, espacio público y áreas verdes y en el artículo 2.1.33 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) se definen las distintas clases de equipamientos, siendo éstas las siguientes: científico, comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios y social, pudiendo una construcción tener dos o más de ellas. 

Los terrenos de equipamiento deportivo de los clubes de igual destino que se deben reflejar como tales en los PRC, están exentos de pagar contribuciones de bienes raíces al Servicio de Impuestos Internos (SII), ello solo si admiten en sus instalaciones a los alumnos de establecimientos educacionales públicos para que allí practiquen deportes. La inmensa mayoría de estos clubes, por razones de fácil entendimiento, se acogen a esta significativa franquicia tributaria.  

En la ciudad de Iquique, desde el año 1931 ha estado funcionando en un terreno frente al mar, localizado en la calle Bulnes 140, el Club de Tenis Tarapacá que tiene 3 canchas, predio que en el año 2020, la avispada directiva de ese club deportivo se lo transfirió en $ 500.000.000 a una empresa comercial conformada por ellos mismos, uno de los cuales era un ex juez de la Corte de Apelaciones de Iquique: tal persona jurídica «sin fines de lucro» posteriormente revendió el terreno en una suma superior a los $ 3.000.000.000 a un inversionista extranjero, especulativa operación comercial que se aprecia en reportaje publicado en CIPER.

Tiempo atrás, antes de que la directiva del club de tenis Tarapacá vendiera el terreno al ciudadano extranjero, el SII le pidió al club que se le entregara el convenio suscrito con un colegio público para que así ese servicio del Estado no le cobrara las contribuciones de bienes raíces a que tenía derecho. La astuta directiva del club que ya tenía en mente hacer el pingüe negocio inmobiliario, pues en el respectivo PRC de 1981, erróneamente no se consignaba que el terreno es de equipamiento deportivo, rechazó ese ofrecimiento pues deseaba aprovecharse de la desinteligencia administrativa cometida en la modificación del PRC, pues se le había asignado al predio la normativa urbanística de la zona D-2 Balmaceda, que admite todo tipo de actividades.

En efecto, bajo la mano de la consultora Habiterra se está modificando el añejo PRC de Iquique, instrumento nuevo que ha sido objetado por los mismos de siempre y por ello aún no está vigente, pero el municipio, no sabemos si por ignorancia o para entregarle un beneficio económico al comprador del terreno deportivo del Club de Tenis Tarapacá, cometió la misma equivocación de aquellos que tenían el poder en los años de la dictadura, es decir, clasificó el terreno como apto para proyectos residenciales, asignándole las normas de la zona BM-1.

Un socio honesto del Club de Tenis Tarapacá, Manuel Palacios, dándole patrocinio y poder al abogado Enzo Morales, denunció la operación fraudulenta en comento y ya el fiscal a cargo tiene formalizados a todos los agiotistas que tenían la intención de saltarse las reglas del juego, impúdicamente desacatadas por el propio municipio de Iquique. Nos preguntamos cuál es la razón que impide a los concejales controlar este asunto. ¿Será que desconocen la materia o prefieren enmudecer para no aparecer como conflictivos?  Y los diputados de esa región, tampoco ejercen sus roles fiscalizadores.   

Finalmente, ya que todos debemos combatir la corrupción que se está conociendo debido a los whatsAap de Hermosilla, lo más lógico sería que el alcalde Mauricio Soria, en un súbito arranque de probidad y transparencia, en el ejercicio de su alto cargo, instruya a sus funcionarios subordinados en orden a que en el futuro PRC de Iquique ese terreno esté clasificado como equipamiento deportivo, con lo cual se respetará la legislación vigente y por ende se recuperará para la ciudad el Club de Tenis Tarapacá.  

En todo caso si el ex fiscal Guerra, calificado como «mocito» por un conocido periodista, hubiera investigado la acomodaticia compraventa del terreno, sus vendedores estarían felices de la vida con sus millones en los bancos, porque habrían sido declarados inocentes. 

Francisca Ibáñez Recabarren, arquitecta experta en Permisología: “El desafío está en cómo estos límites afectan el aprovechamiento del suelo urbano”

En entrevista con Mercados Inmobiliarios, la arquitecta analiza desde varios campos la desición de la Municipalidad de Maipú, respecto al nuevo PRC.

Por: Equipo Mercados Inmobiliarios

El impactos y las reflexiones sobre el Nuevo Plan Regulador de Maipú ha generado el interes de muchos por analizar las implicancia de esta decisión que, para muchos, marca una perspectiva desde la mirada de la Permisología. Por ello, quisimos ahondar en este caso con Francisca Ibáñez Recabarren, arquitecta UDD y Master en Diseño en Innovación Sostenible.

El reciente anuncio del alcalde Vodanovic sobre el nuevo Plan Regulador Comunal (PRC) de Maipú ha abierto el debate en torno a las implicancias urbanísticas y legales que conlleva esta normativa.

Con cambios que impactarán más de 248,1 hectáreas, afectando zonas clave como Av. Américo Vespucio y Av. Pajaritos, el plan cierra la puerta a la construcción de megaedificios, una medida que ha polarizado opiniones entre desarrolladores inmobiliarios, ciudadanos y expertos en planificación urbana.

Como arquitecta experta en permisología, Francisca Ibáñez aborda este tema no solo desde la perspectiva urbanística, sino también desde el marco normativo que regula este tipo de decisiones.

En ese punto, la arquitecta establece que el marco legal, es decir, la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y El PRMS, son instancias que deben conversar entre sí, para lograr equilibrios en el proceso y la toma de desición de una indicación de tamaña embergadura.

“El nuevo PRC se fundamenta en las normativas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y su correspondiente Ordenanza General (OGUC). De acuerdo con el Artículo 41 de la LGUC, «los Planes Reguladores Comunales deben propender a la planificación territorial que permita un desarrollo armónico del territorio comunal», señala

“Esto implica que las restricciones impuestas, como la limitación de la altura, deben estar alineadas con los principios de equilibrio territorial y desarrollo sustentable”, ratifica sobre el mismo punto.

En este sentido, el nuevo PRC de Maipú busca proteger zonas específicas, evitando la sobreconcentración de edificaciones de gran altura que podrían generar un impacto negativo en la infraestructura comunitaria y los espacios públicos. “Sin embargo, el desafío está en cómo estos límites afectan el aprovechamiento del suelo urbano y si, a largo plazo, estas medidas restringen la densificación en zonas con alta demanda de vivienda”, recalca la profesional.

Por otro lado, el Artículo 2.1.31 de la OGUC establece que los Planes Reguladores Comunales deben definir las áreas de desarrollo preferente, así como aquellas destinadas a la protección ambiental, paisajística o patrimonial.

“El nuevo PRC de Maipú, al reducir las alturas permitidas, apunta claramente a resguardar ciertas zonas residenciales, pero la cuestión radica en cómo esta regulación afecta las áreas de mayor conectividad, donde la densificación podría ser más eficiente”, determina la arquitecta de la Universidad del Desarrollo.

Uno de los puntos clave en esa ordenanza tiene que ver la altura como cuestión secundaria, donde se prioriza el suelo urbano como un recurso crítico.

Sobre este punto Ibáñez Recabarren comenta que, si bien el nuevo PRC prohíbe de forma definitiva la construcción de megaedificios, el verdadero debate no debería centrarse únicamente en la altura, sino en cómo gestionar y regular de manera más eficiente el suelo urbano.

“El Artículo 58 de la LGUC permite que las autoridades locales establezcan las alturas máximas permitidas según las características de cada sector, pero también establece la necesidad de asegurar que las decisiones urbanísticas no afecten negativamente el uso racional del suelo”, dice la profesional.

“En zonas como Av. Américo Vespucio y Av. Pajaritos, bien conectados a la red de transporte público, limitar las alturas podría representar una oportunidad perdida para maximizar el uso del suelo en áreas de alta demanda habitacional. De acuerdo con el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), estas áreas están clasificadas como «Zonas de desarrollo preferente«, justamente por su conectividad y acceso a servicios públicos. Entonces, ¿por qué no aprovechar mejor este recurso limitado?”, se pregunta la arquitecta.

Respecto a la conectividad y el acceso a viviendas, desde un enfoque integral, Ibáñez establece que lo primero que se debe hacer es maximizar el acceso a viviendas en áreas con buena conectividad es uno de los principales desafíos en la planificación urbana moderna.

“Según el artículo 81 de la LGUC, los Planes Reguladores deben favorecer la localización de viviendas en sectores con acceso a transporte público, servicios y equipamientos urbanos. La restricción de altura en Maipú podría limitar este tipo de desarrollo, especialmente en zonas como Av. Pajaritos, donde el metro y las autopistas brindan una excelente conectividad con el resto de la ciudad”, señala.

En este contexto, sería ideal revisar si el nuevo PRC está alineado con las directrices del PRMS, que fomenta la densificación en áreas bien conectadas para reducir la expansión descontrolada de la ciudad hacia la periferia. Si bien es crucial evitar la saturación en ciertas zonas, también es necesario preguntarse si la limitación de altura en sectores estratégicos de Maipú no está frenando el desarrollo de un modelo urbano más eficiente y sostenible.

Asimismo, no podemos ignorar el papel crucial de la infraestructura pública existente, como el metro y las autopistas. Consultada, la arquitecta señala que, “La OGUC, en su Artículo 2.1.22, subraya la importancia de coordinar la planificación urbana con la infraestructura de transporte, asegurando un uso óptimo de las inversiones públicas ya realizadas. Sin embargo, con el nuevo PRC, parece que se está desestimando este principio, al limitar la posibilidad de generar proyectos habitacionales en áreas con acceso directo a transporte público masivo”.

La infraestructura pública debe ser un factor determinante a la hora de diseñar planos reguladores. Ignorar el potencial de zonas como Av. Américo Vespucio, donde confluyen autopistas y el metro, puede generar un crecimiento desordenado en otras áreas menos conectadas y saturar sectores que no cuentan con las mismas facilidades de transporte.

El nuevo PRC de Maipú presenta una oportunidad para replantear el desarrollo urbano de la comuna, pero también impone interrogantes sobre su compatibilidad con las normativas nacionales y metropolitanas. La Ley General de Urbanismo y Construcciones y la OGUC ofrecen un marco que busca equilibrar el desarrollo territorial con la protección de los recursos y la infraestructura existente, y es vital que este equilibrio se refleje en el plan comunal.

“Más allá de limitar o permitir la altura de los edificios, la planificación urbana debe enfocarse en aprovechar al máximo el suelo disponible y en desarrollar zonas con acceso a infraestructura de transporte y servicios. Solo así podremos crear ciudades más justas, sostenibles y habitables para todos”, sentencia Ibáñez.

Diversas miradas comentan sobre consecuencias del nuevo Plan Regulador de Maipú

Uno de los puntos clave de la nueva propuesta maipucina, se refiere a ignorar el potencial de la infraestructura pública existente (metros, autopistas).

Por: Equipo Mercados Inmobiliarios

Unas de las noticias que ha marcado la pauta en el sector inmobiliario estos últimos días se relaciona con el nuevo Plan Regulador Comunal (PRC) de Maipú, que fue presentado a comienzos de septiembre por el alcalde Tomás Vodanovic, y que incluye cambios que afectan a un total de 248,1 ha, que incluyen importantes zonas clave como Av. Américo Vespucio y Av. Pajaritos y le cierra las puertas, de manera definitiva, a la construcción de megaedificios.

Por ello, es que varios expertos y ejecutivos se manifestaron en nuestros micrófonos sobre este trascendental cambio al suelo de Maipú y que en muchos casos ha marcado temas legales entre inmobiliarias y la municipalidad maipucina.

En lo concreto y para los ejecutivos de las principales consultoras chilenas,más que hablar de la limitación de las alturas de edificación, lo que resulta más llamativo en el Plan Regulador de la Comuna de Maipú es la densidad habitacional sobre el área intervenida que comprende 248 há emplazada en sectores urbanos estratégicamente ubicados, asociados a importantes ejes viales  como son Av. Pajaritos y Av. Américo Vespucio, y el sector Céntrico de la Comuna, sectores que naturalmente poseen la mejor conectividad en términos de infraestructura de transporte, y también contienen una amplia oferta de equipamientos y servicios de todas las clases.

“En estas zonas las densidades se mantienen entre los 450 a 900 hab/há, parámetros que resultan comparativamente al menos un 50% inferiores a los que poseen otras comunas de la Región Metropolitana en sus principales corredores urbanos. Es decir, lo que limita el desarrollo no está dado en este caso mayormente por las alturas de edificación, sino que más bien por las densidades habitacionales”, comenta Claudia Sepúlveda, subgerente inmobiliario de GPS Property.

Otro de los aspectos importantes se relaciona con que la decisión debiera importar maximizar el acceso a viviendas en área con buena conectividad, Esteban González comenta que, “Debiese ser la prioridad. Con la nueva modificación difícilmente se atraerá inversión y desarrollo inmobiliario a la comuna. A esto hay que sumar la actual crisis inmobiliaria. La ideologización y politización de los planes reguladores solo genera minusvalías y desinversión.

“Lo anterior, naturalmente desincentiva su desarrollo, toda vez que, para viabilizar un desarrollo inmobiliario en altura o densidad, se deben dar ciertos mínimos que lo hagan atractivo, y que no son consistentes con las densidades señaladas, lo que en términos prácticos se traduce para un terreno de 5.000 m2 en cabidas de entre 70 y 140 viviendas dependiendo de la zona. Lo anterior, también implica que, para el desarrollo de proyectos con un tamaño adecuado, se requieren superficies relativamente mayores a otras comunas, lo cual no siempre es factible realizar, sobre todo en sectores donde la propiedad está más atomizada, dilatándose con ello el desarrollo de esas zonas en densidad debido a las expectativas del valor de suelo de los actuales propietarios”, sentencias desde GPS Property.

La misma ejecutiva plantea que, “la modificación del Plan Regulador de la comuna de Maipú que conocimos hace algunos días, conceptualmente incluyó la asignación de alturas máximas a zonas que tenían altura libre, la prohibición del Apart Hotel dentro del uso hospedaje, y la inclusión de algunos incentivos normativos para aumentar en hasta dos pisos la altura máxima de edificación. Lo anterior, si se compara con la imagen objetivo original expuesta a la comunidad, resulta menos restrictivo dado que no se incluyó en forma adicional un ajuste a la baja en las densidades habitacionales de los sectores modificados”.

«Se felicita al municipio por su eficiencia en un proceso que, por lo general, suele demorar años. Sin embargo, esta rapidez no debe eclipsar las preocupaciones más profundas sobre la visión a largo plazo que implica esta decisión. El enfoque en limitar la altura de los edificios, sin modificar la densidad permitida, revela una visión errada del desarrollo urbano», explica Sergio Correa, Gerente Inmobiliario de Colliers.

De acuerdo al ejecutivo, la altura no es el enemigo del buen urbanismo. «Cuando la altura está bien regulada, permite aprovechar mejor el suelo urbano y maximiza el acceso a viviendas en áreas con buena conectividad», añade.

Para Esteban González, Director Asesoría Estratégica AGS Visión Inmobiliaria, comenta que la resolución de Maipú sobre la Modificación del Plan Regulador de Maipú, “abarca un 5% de la superficie comunal; es decir, restringe normativamente una porción menor de la comuna. Su propósito especifico fue limitar el desarrollo de proyectos inmobiliarios de alta densidad en la zona centro, sin embargo, la comuna no presentaba una alta dinámica de proyectos de esta tipología, ya que la densidad del antiguo plan era moderada, lo cual hacía inviable el desarrollo de proyectos tipo guetos. Vale decir, no existían incentivos para desarrollar dicha tipología de proyectos. En dicho contexto, hay que preguntarse cuáles fueron los reales objetivos de dicha modificación, si fue por temas mediáticos – electorales o por una amenaza real.

¿Creen ustedes que el problema no pasa por la altura, sino que por regular y aprovechar de mejor manera el suelo urbano?

“Maipú requería de una modificación global de su PRC, que repensará la comuna a la luz de su situación actual de su desarrollo. Como es bien sabido en el mundo del urbanismo, no solo la altura es sinónimo de edificios tipo guetos, sino un conjunto de variables urbanas como la constructibilidad y la densidad. Acá se actuó de manera defensiva frente a una seudo amenaza. No existió una visión de ciudad, ni una evaluación de las necesidades urbanas futuras de la comuna, “señala González, Director Asesoría Estratégica AGS Visión Inmobiliaria.

Por su parte, el ejecutivo de Colliers, enfatiza que la decisión tomada en Maipú ignora el potencial de la infraestructura pública existente, especialmente la inversión millonaria en líneas de Metro y autopistas que conectan eficientemente a la comuna con el resto de la ciudad.

Uno de los puntos clave de la nueva propuesta maipucina, se refiere a ignorar el potencial de la infraestructura pública existente (metros, autopistas). Los ejecutivos consultados tuvieron diferentes miradas sobre el particular.

“Es un cuestionamiento fundamental que se debería establecer a nivel Metropolitano. Lamentablemente cada municipio establece sus propias directrices sin mirar el contexto global. El caso de Maipú debiera preocuparnos aún más, ya que parte de una primicia errada que confunde a la ciudadanía, sustentándose en una amenaza que no es real”, comenta la ejecutiva de GPS Property.

«Al restringir el desarrollo vertical, se crea un uso ineficiente del suelo y se desperdician oportunidades para generar viviendas más asequibles y de mayor calidad», señala el ejecutivo de Colliers, quien enfatiza que las modificaciones a los planes reguladores no deberían depender de las autoridades políticas locales.

«La planificación no debería estar al arbitrio de intereses electorales que privilegian ganar votos. Necesitamos despolitizar los planes reguladores y llevar su gestión a una autoridad técnica regional, que no solo trabaje en serio la densificación de cada comuna, sino que también permita que las planificaciones urbanas de comunas vecinas se complementen entre sí», concluye Correa.

“La inversión inmobiliaria en contextos más restrictivos, naturalmente se desplaza hacia sectores más favorables en términos normativos, que respetando el contexto urbano en el que se insertan, obtienen un mejor desempeño. Por otro lado, cabe señalar que, en términos generales, la inversión en infraestructura de transporte urbano también es consistente con densidades habitacionales superiores”, advierte la gerente de GPS Property.

“Las ciudades requieren de un desarrollo armónico y más amable que permitan el desarrollo de todas sus actividades, favoreciendo mayores densidades en los sectores con mejor conectividad e infraestructura de transporte”, sentencia la subgerente inmobiliario de GPS Property, Claudia Sepulveda.

El senador Rodrigo Galilea no asume su responsabilidad   

Por: Patricio Herman, Fundación Defendamos la Ciudad

Se ha cumplido exactamente un año, agosto de 2023, desde que se inundaron cientos de casas de alto precio, mal emplazadas en una zona inundable de la ciudad de Curicó y con motivo de ello el canal Chilevisión, con el periodista Julio César Rodríguez como conductor, nos invitó con otras personas, para que entregáramos nuestra opinión al respecto. Otros medios digitales también nos solicitaron que nos refiriéramos al asunto.

El proyecto inmobiliario es conocido como Parque Zapallar y la tragedia se produjo porque, tanto los agentes públicos como el actor privado, conscientemente vulneraron la normativa preventiva contenida en el respectivo Plan Regulador Comunal (PRC). Quien desaprensivamente construyó, pensando solo en las ganancias a recibir, es la empresa familiar de Rodrigo Galilea. 

Este instrumento local habla de riesgo de inundación por posible desborde del estero Gaiquillo y pasó, lo que tarde o temprano tenía que pasar, para desgracia de las todas familias que compraron al contado o con créditos hipotecarios esos inmuebles. La totalidad de las autoridades regionales y comunales tenían la obligación de saber que el terreno comprado por Galilea, suponemos que en un precio muy reducido justamente por la afectación en comento, no era apropiado para construir viviendas, pero creyendo aquellas que las fuerzas de la naturaleza no iban a impactar ese sector, miraron para el lado porque se trataba de un buen negocio para el actual presidente del partido político Renovación Nacional. 

En este episodio el influyente y arrogante sector privado no reclamó en contra de la «permisología», sencillamente porque no hubo burocracia en la tramitación del permiso y la Contraloría Regional del Maule dio a conocer una serie de ilegalidades cometidas por la desobediente empresa del parlamentario, señalando que el proyecto se llama Conjunto Residencial Parque Zapallar en Curicó, confirmando que se trataba de más de 400 viviendas.  

El principal culpable fue el chanta funcionario público, de nombre Carlos Figueroa, quien ejercía el cargo de Director de Obras Municipales (DOM) sujeto que, sin ponderar lo que hacía, como un perrito faldero, para congraciarse con el solicitante, otorgó el permiso de edificación a la empresa Galilea S.A. Ingeniería y Construcción, persona jurídica que también sabía que era de alto riesgo construir en ese sector. Naturalmente Figueroa, por otros motivos, antes de la fatalidad, había sido destituido de la función municipal de ejercía.  

Debido a que la empresa que embaucó a los compradores de las casas se ha desentendido de su responsabilidad, ellos interpusieron una demanda en los tribunales, la que, a la luz de los indiscutibles hechos, aunque tarde, tendrá que favorecer a los desventurados vecinos, los que con las indemnizaciones de rigor, tendrán que rehacer sus vidas. Asimismo hemos sabido que este luctuoso caso de corrupción inmobiliaria ha sido tratado en la Comisión de Vivienda y Urbanismo de la Cámara de Diputados, sin conocerse el resultado de la investigación que hicieron los parlamentarios.

Por lo relatado, queda en evidencia que Galilea carece de los atributos mínimos necesarios para desempeñarse en el ámbito de los proyectos inmobiliarios y por ello, en nuestra opinión, lo mejor para él, es que siga desempeñándose como político, actividad bien remunerada que no requiere ser especialista en nada, no obstante le da sumo protagonismo y visibilidad a quienes la ejercen.   

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