Sábado 14 de Marzo de 2026
  • UF: $39.841,72
Sábado 14 de Marzo de 2026
  • Dólar: $909,94
Sábado 14 de Marzo de 2026
  • IVP: $41.520,51
Sábado 14 de Marzo de 2026
  • UTM: $69.889,00
Sábado 14 de Marzo de 2026
  • IPC: -0,20%

PRONTO

La mayor amenaza para el sector inmobiliario en Chile no es el mercado, es la incertidumbre institucional

Por: Eduardo Ricci Burgos, abogado de Negocios en COHLERS+PARTNER

En un contexto marcado por la recuperación económica pospandemia, la estabilización inflacionaria y una creciente demanda habitacional, podría parecer que el sector inmobiliario chileno enfrenta condiciones propicias para retomar el dinamismo. Sin embargo, la principal amenaza que enfrenta en 2025 no es económica, sino institucional: la incertidumbre regulatoria y jurídica, que paraliza decisiones de inversión, encarece los proyectos y genera una profunda desconfianza en el largo plazo.

La actividad inmobiliaria depende estrechamente de reglas claras, estables y predecibles. El desarrollo de un proyecto —desde la adquisición del terreno hasta la entrega de la última unidad— puede tomar varios años y requiere una planificación jurídica, financiera y técnica minuciosa. En este sentido, los cambios normativos abruptos, las demoras en tramitaciones, los vacíos legales y, sobre todo, la falta de criterios unificados en los órganos que intervienen, se han convertido en el principal riesgo del rubro.

Durante los últimos años, y especialmente en 2024, el sector ha debido enfrentar un escenario crecientemente incierto: modificaciones constantes a los planes reguladores comunales, judicialización de permisos de edificación ya otorgados, fallos contradictorios de la Corte Suprema respecto de la interpretación de instrumentos de planificación territorial, y una presión política creciente por parte de municipios y organizaciones sociales para limitar nuevos desarrollos. Todo ello, sumado a procesos de reforma legal inconclusos en materias clave como la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la tramitación ambiental.

Esta situación genera un efecto paralizante, pues proyectos que ya contaban con permisos y que se encontraban en etapa de construcción han debido detenerse o ser rediseñados, mientras que nuevas inversiones se mantienen en suspenso ante la posibilidad de que los criterios cambien a mitad del camino. Los inversionistas perciben que los derechos adquiridos ya no están plenamente garantizados, lo que atenta contra el corazón mismo del negocio inmobiliario: la certeza jurídica.

Más grave aún, esta incertidumbre erosiona la confianza ciudadana. La ciudadanía, testigo de proyectos que se detienen, edificios inconclusos o barrios con obras paralizadas, termina percibiendo al desarrollo urbano como caótico y especulativo, cuando en realidad muchas veces se trata de efectos derivados de vacíos institucionales o criterios discrecionales en las autoridades.

Por supuesto, no se trata de defender una desregulación total del mercado. El desarrollo urbano requiere normas claras, sostenibilidad ambiental y respeto por las comunidades. Pero esas reglas deben aplicarse de forma coherente, oportuna y previsible. El problema no es la regulación, sino su inestabilidad.

Si Chile desea resolver su déficit habitacional, dinamizar el empleo en la construcción y atraer inversión privada al desarrollo urbano, debe enfrentar con urgencia esta amenaza. Esto implica avanzar hacia una modernización normativa que unifique criterios, fortalezca la certeza jurídica y evite la captura política del proceso de planificación urbana. De lo contrario, el sector inmobiliario seguirá atrapado en un escenario donde los riesgos no provienen del mercado, sino del propio Estado; y en ese contexto, no habrá reactivación posible.

Resurgimiento del sector inmobiliario argentino: ¿Fórmula Milei comienza a dar frutos?

Cristián Martínez, fundador de Crece Inmobiliario.

Tras años apagado, el mercado inmobiliario argentino está experimentando un despertar. Las cifras son evidentes, y es que según la consultora económica Empiria, los bancos colocarán aproximadamente USD $3.000 millones en créditos hipotecarios durante 2025, representando un impresionante aumento del 260% respecto al año anterior. Re/Max Holdings Inc. pronostica una explosión en la demanda de viviendas tras la reintroducción efectiva de estos préstamos. 

Las cifras mencionadas, aunque muy modestas en comparación con otros mercados más estables, como el chileno, son dignas de observar y de analizar, considerando el difícil momento que lleva pasando la nación vecina. 

Pero, ¿Qué es lo que ha cambiado? Lo cierto es que la política económica del presidente Javier Milei, donde ha establecido reglas claras y certidumbre, elementos fundamentales para cualquier mercado de capitales a largo plazo, está en proceso de saneamiento de la economía. Esta obsesión, está generando confianza tanto entre los argentinos como entre los inversores internacionales.

Hace apenas unos años, tener un crédito hipotecario en Argentina era impensado, dadas las tasas del 80% y 90% que manejaban los bancos, producto de una inflación constante, lo que hacía imposible poder proyectar el costo del dinero más allá de unos meses. La volatilidad extrema hacía inviable cualquier planificación a largo plazo.

Las restricciones en política monetaria implementadas por el gobierno actual, han logrado contener parcialmente la inflación con una tendencia positiva, aunque aún no a los niveles de estabilidad del vecindario. Eso sí, esta estabilización impulsa la llegada de desarrolladores inmobiliarios nuevamente al mercado argentino, así como también de otros inversores, propiciando un ecosistema virtuoso.

Es verdad que 5.000 ventas de viviendas hipotecarias en Buenos Aires durante 2024 -el triple respecto al año anterior- puede parecer una cifra pequeña, pero hay que verla en su justa medida, por lo que indicadores como ese, deben ser celebrados, como una señal del renacimiento inmobiliario que podría expandirse durante los próximos años, incluso, de manera exponencial.

El futuro del mercado inmobiliario argentino dependerá de la continuidad de estas políticas económicas. Si se mantiene el control inflacionario y se profundiza la certidumbre jurídica y económica, podríamos presenciar una transformación radical del panorama hipotecario, con tasas más amigables permitirían tanto a familias como a inversores endeudarse con confianza, generando simultáneamente mayor demanda y oferta inmobiliaria.

Argentina nos recuerda que la estabilidad macroeconómica y la certidumbre, son los cimientos fundamentales sobre los que se construye cualquier mercado inmobiliario saludable.

La Contraloría y el Minvu podrán resolver unimpasse territorial

Por: Patricio Herman Pacheco, Fundación Defendamos la Ciudad

Se debe tener presente que el artículo 8.3.1.1 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994, establece que las Áreas de Preservación Ecológica (APE) las cuales corresponden a la mitad de la superficie de esta región, «se permitirá el desarrollo de actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales, restringiéndose su uso a los fines: científico, cultural, educativo, recreacional, deportivo y turístico, con las instalaciones y/o edificaciones mínimas e indispensables para su habilitación”.

Esta redacción, como es evidente, no contempla -como regla general- la posibilidad de construir la vivienda del propietario del predio rural tipificado como APE, ello conforme a lo previsto en el artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), ya que esa vivienda está admitida solo en la explotación agrícola del terreno y en este caso el instrumento de planificación no permite la división del territorio, sino que busca la preservación de estas áreas, interpretación que ha sido confirmada por la Contraloría General de la República mediante varios dictámenes vinculantes para la Administración, los cuales, en nuestra opinión, representan una correcta y ajustada lectura del ordenamiento jurídico vigente. Sobre este asunto existe un fallo equivocado de primera instancia de la Justicia, en el cual se dice que en las APE sí es posible edificar “las viviendas del propietario”, ante lo cual el Consejo de Defensa del Estado (CDE), como era su deber, ya apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Sin embargo, y pese a lo anterior, lo cierto es que durante años, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana (Seremi Minvu) ha estado sosteniendo reiteradamente una postura distinta, manifestando de manera expresa, oficial y sistemática, que las viviendas del propietario sí eran admisibles en terrenos clasificados como APE. Este no fue un criterio aislado ni puntual: fue una interpretación técnica sostenida en el tiempo, emanada de la autoridad sectorial competente que genera una legítima confianza en la ciudadanía.

A modo ilustrativo, el Ordinario N° 952, de fecha 6 de marzo de 2014, suscrito por el profesional Juan Andrés Muñoz Saavedra, señaló explícitamente que era posible edificar viviendas del propietario en las APE, misma posición reiterada en el Ordinario N° 2541 del 25 de agosto de 2020, firmado por el abogado Manuel José Errázuriz Tagle. Es más, este Seremi Minvu, nuevamente lo reafirma en su Ordinario N° 1405 del 4 de mayo de 2021.

Reiteramos que estos pronunciamientos del Minvu no pueden ser comprendidos como simples opiniones técnicas ni como actos aislados sin consecuencias. Por el contrario, constituyen decisiones administrativas firmes, adoptadas por las autoridades competentes dentro del ámbito de sus atribuciones legales, las cuales generaron efectos jurídicos concretos y legítimas expectativas en la ciudadanía y con efectos vinculantes para las Direcciones de Obras Municipales (DOM) de esta región.

En virtud de dichos actos, aunque equivocados, conforme a las resoluciones de la Contraloría, cientos de personas se vieron inducidas a adoptar decisiones de enorme trascendencia personal y patrimonial: adquirieron terrenos, solicitaron créditos hipotecarios, comprometieron ahorros familiares, contrataron arquitectos y profesionales e incluso, en numerosos casos, iniciaron o completaron la construcción de sus viviendas, las que algunas disponen de permisos de edificación y la mayoría de la otras no. 

Pero con anterioridad a dichos Ordinarios de la Seremi Minvu, como una muestra del caos en que nos desenvolvemos, recordamos que en un amplio terreno APE, localizado en la comuna de Peñalolén, cercano a la Universidad Adolfo Ibáñez, la familia Atria, padre e hijo, le encargó a unos connotados arquitectos de la plaza que les proyectaran sus viviendas de lujo, pero como el abogado Pablo Silva-Paredes, muy conocedor del marco regulatorio de Vivienda y Urbanismo, los denunció en distintas instancias, los dueños de las casas-habitación ya terminadas, aprovechando sus buenas relaciones con el primer gobierno de Piñera, lograron que el Seremi Minvu en funciones instruyera al Director de Obras Municipales (DOM) de Peñalolén para que ambas viviendas contaran con todos los permisos necesarios y así, por este acto de magia, esas viviendas ahora son «legales».

No tanto por el feo episodio de los Atria, sino objetando los aludidos los actos administrativos de la Seremi Minvu, este columnista tuvo que denunciar en la Contraloría los criterios sostenidos por dicha repartición del Minvu, requiriéndole al ente fiscalizador que se respetara el artículo 8.3.1.1 del PRMS en atención a que no admite la construcción de viviendas en tales APE.

En la actualidad, a raíz de la controversia, la cual se encuentra radicada en la justicia, más lo publicado en la prensa, diversas DOM obligatoriamente están denegando permisos de edificación a propietarios que adquirieron terrenos en territorios APE antes del acertado pronunciamiento de la Contraloría y en este sentido tenemos que poner en una balanza lo que dice el artículo 52 de la Ley N° 19.880, el que prohíbe a la Administración invalidar actos propios respecto de terceros, versus el mandato del PRMS. 

Dado lo anteriormente expuesto y como siempre se deben encontrar soluciones a los problemas, basados en el exacto apego a la legislación vigente, le proponemos al gobierno de Boric la siguiente solución respaldada por la Ley 20.930 referida al Derecho Real de Conservación (DRC).

Es fundamental señalar que el concepto legal DRC es relativamente reciente, habiéndose introducido en el año 2016, por lo tanto es bastante más moderno que el PRMS, instrumento normativo que en estos 31 años ha tenido más de 100 modificaciones. En la actualidad el gobernador regional, Claudio Orrego, está liderando un nuevo cambio, pero más radical, para ponerse a tono con la realidad actual y como los DRC, al tener características novedosas, pues se centran en las necesidades vigentes, reales y concretas de protección medioambiental, estimamos que representan una solución válida para que se apliquen en las APE, habida cuenta que dicha Ley N° 20.930 tiene mayor jerarquía que el aludido PRMS.

Recordemos que el DRC es un instrumento legal creado en Chile para fomentar la protección voluntaria de los ecosistemas en terrenos privados y conforme lo dice su ley permite a los propietarios de terrenos rurales establecer un contrato diseñado para “conservar el patrimonio ambiental de un predio”. A diferencia de las áreas protegidas estatales, el DRC opera como un derecho privado: el propietario mantiene la propiedad, pero acepta ciertas limitaciones (gravamen) para salvaguardar valores ambientales como bosques, fauna, agua o incluso aspectos paisajísticos. En la práctica, se requiere que el contrato prohíba o limite actividades perjudiciales (por ejemplo, se impide talar o construir en zonas sensibles) y, además, obliga a mantener o restaurar el entorno natural.

Por lo que, uniendo ambas normativas y manteniendo sobre todo el espíritu del planificador, que es buscar la preservación y dando cuenta de que el artículo 2.1.25 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) autoriza expresamente el uso de vivienda, como actividad complementaria, en una proporción de hasta un 5% del terreno, en aquellos casos en que existan otros usos admitidos como principales. Entonces es de una total obviedad que se pueda construir la vivienda en ese porcentaje del terreno APE y así el resto del 95% del mismo predio queda con DRC para asegurar la protección permanente del patrimonio ambiental. Además, el DRC otorga una garantía adicional de conservación estricta del ecosistema, pues impone gravámenes reales, perpetuos y exigibles, alineados con los objetivos estatales de preservación, planificación y protección ambiental de las APE.

Este es un desarrollo muy positivo, ya que ayuda a restablecer la unidad paisajística que se perdió debido a las divisiones realizadas antes y durante la implementación del PRMS, evitando así el fraccionamiento del territorio en estas áreas sin planificación. Además, considerando la superficie reducida en relación con el total del terreno protegido, no se crea un núcleo urbano que escape a la regulación. Otro aspecto favorable es que la planificación es realizada por entidades competentes sin fines de lucro, que se comprometen a custodiar estas áreas tan cruciales de esta saturada región, promoviendo, entre muchos otros aspectos, la necesaria reforestación de verdad con especies autóctonas para combatir la creciente desertificación en nuestra región.

Así las cosas, el Minvu, a través de su Seremi, para terminar con las innumerables y reiteradas violaciones que se han estado cometiendo en los extensos territorios APE, debería acoger esta propuesta y revisarla con la Contraloría y si hay acuerdo, se le tendrá que informar al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para que el artículo 8.3.1.1 del PRMS admita la vivienda del propietario del predio, con la aplicación forzosa del DRC para que de esta manera exista una mejoría sustantiva de los suelos agrícolas, trámite que entendemos sería relativamente breve. En paralelo, supondríamos que las autoridades sectoriales deberían sancionar ejemplarmente a todos aquellos que construyen sus casas-habitación en este tipo de áreas protegidas, lo que no ha estado sucediendo.  

Por último, esta puntual proposición se debe cotejar con la opinión de otros más competentes, quienes argumentan que es innecesario modificar el tantas veces mencionado artículo del PRMS, debido a que el DRC y el artículo 2.1.25 de la OGUC ya están imperando, de tal forma que la actual Seremi Minvu, como se dice vulgarmente, «tiene la pelota en sus manos». Pero si el gobierno, por las razones que sean, opta por el silencio o porque las primarias para elegir al candidato presidencial tiene preeminencia, se mantendrá la anarquía institucional, la cual seguirá siendo aprovechada por los más pillos del sistema de mercado, quienes así engrosan sus cuentas bancarias en Chile y en los famosos paraísos fiscales. 

Los 4 factores clave que impulsarán el mercado inmobiliario en Chile en 2025: entre expectativas y desafíos

Por: Eduardo Ricci Burgos, abogado de Negocios en COHLERS+PARTNER

El año 2025 se proyecta como un punto de inflexión para el mercado inmobiliario chileno. Tras años de incertidumbre, contracción de la inversión y caída en la demanda, comienzan a aparecer señales de reactivación. Sin embargo, este repunte no será automático ni lineal: estará condicionado por diversos factores estructurales y coyunturales que incidirán tanto en la oferta como en la demanda. Habrá que ver todavía el comportamiento de Estados Unidos, Rusia, China y la UE en su reciente guerra arancelaria iniciada.

Sin embargo, y a continuación, identifico cuatro factores clave que estimo podrían impulsar nuestro mercado inmobiliario durante este año, junto con una mirada crítica sobre sus limitaciones y riesgos.

Primero, la reducción de las tasas de interés hipotecarias, en donde la esperada normalización de la política monetaria del Banco Central ha comenzado a traducirse en una baja gradual de las tasas de interés hipotecarias. Esto representa un alivio importante para la demanda, especialmente para los sectores medios, que habían quedado fuera del mercado por el alto costo del financiamiento.

Sin embargo, esta baja no garantiza una recuperación plena. La banca sigue manteniendo criterios de evaluación más restrictivos, y muchas familias aún arrastran niveles de endeudamiento elevados. Además, el alza sostenida en los precios del suelo y en los costos de construcción limita el efecto positivo de esta baja en términos de accesibilidad real.

Luego, el déficit habitacional estructural, en donde Chile enfrenta un déficit habitacional estimado en más de 650.000 viviendas, lo que configura una presión de fondo sobre la demanda inmobiliaria. Este factor no es coyuntural ya que responde a décadas de crecimiento urbano desordenado, falta de políticas sostenidas y aumento de hogares unipersonales y migrantes.

Así, este déficit es una oportunidad para el mercado, pero también una fuente de tensiones. La respuesta del sector privado ha estado concentrada en segmentos medios-altos, dejando fuera a miles de familias que no califican para subsidios ni acceden a crédito hipotecario. Si no se logra articular una política habitacional integral —que combine inversión pública, subsidios inteligentes y gestión del suelo—, el déficit seguirá siendo una amenaza más que un motor real.

En tercer lugar, la transformación urbana y relocalización postpandemia, en donde la pandemia generó cambios profundos en los patrones de localización residencial. El teletrabajo y la búsqueda de mejor calidad de vida están impulsando una migración hacia comunas periféricas o intermedias, donde aún es posible acceder a terrenos más amplios y precios relativamente accesibles.

Ahora bien, esta tendencia ha dinamizado mercados secundarios en regiones como Valparaíso, O’Higgins y La Araucanía. No obstante, requiere infraestructura, conectividad y planificación urbana. Sin inversión pública en transporte, servicios y equipamiento, esta expansión puede derivar en nuevas periferias segregadas y mal integradas.

Finalmente, el interés de fondos de inversión extranjeros e institucionales por el mercado inmobiliario chileno sigue en aumento, especialmente en nichos como multifamily, renta residencial, bodegaje y parques industriales en donde nuestro país todavía ofrece una estabilidad relativa, reglas claras y demanda insatisfecha. Pero este flujo de capital también genera tensiones ya que eleva los precios, concentra la propiedad del suelo y puede contribuir a la “financiarización” de la vivienda. El desafío acá es asegurar que esta inversión se alinee con objetivos urbanos y sociales, evitando que el mercado opere desconectado de las necesidades reales de la población.

Para terminar, creo que los factores que impulsan el mercado inmobiliario en 2025 abren oportunidades, pero también exigen una mirada crítica y estratégica, pues sin una intervención o apoyo decidido del Estado, planificación urbana sostenible y mecanismos de inclusión, el crecimiento del sector podría profundizar desigualdades en lugar de resolverlas.

Todos debemos colaborar para que la Contraloría reduzca la corrupción

Por: Patricio Herman Pacheco, Fundación Defendamos la ciudad..

El 28/04/2025 se llevó a cabo en la Contralora General de la República un encuentro de alcaldes y la contralora Dorothy Pérez fue una de las expositoras invitadas, ocasión en donde aludió al rol de su institución en el sector de las municipalidades. Según la página web del ente fiscalizador, la exposición de su titular se enmarcó en la jornada AM del encuentro del 24 de abril pasado. 

La contralora, como persona pública comprometida con los superiores valores de la democracia, no utilizó eufemismos al expresar sus opiniones, destacando que “todos los años encontramos lo mismo”, agregando que “tenemos que cambiar, porque de lo contrario, la ciudadanía sigue con su percepción y su desconfianza”, dando a conocer además el resultado de la Encuesta Nacional “¿Qué piensas de la corrupción en Chile?”, realizada el año pasado, en que el 91,5%  de los consultados señaló que el sector municipal es el más vulnerable a la corrupción y por ello instó a los alcaldes asistentes en orden a que destinen más funcionarios para que efectúen auditorías internas y así evitar males mayores. 

Pues bien, en nuestra calidad de «cliente frecuente» de la Contraloría, le hacemos un necesario llamado al sector empresarial e incluso a todos los funcionarios de la administración del Estado para que, sin temor a represalias, denuncien en dicho ente fiscalizador todas las malas prácticas que conozcan, pues solo así el sistema económico de libre mercado podrá funcionar correctamente. 

Nuestras primeras denuncias en la Contraloría se realizaron en el período en que ejercía el cargo don Arturo Aylwin (QEPD), continuando hasta estos días y así fue como, por distintos casos, unos muy graves y otros no tanto, hemos conocido personalmente a todos aquellos abogados que lo sucedieron. La fundación Defendamos la Ciudad se organizó bajo el alero del arquitecto Enrique Siefer y de la abogada Sara Navas y quienes deseen conocer el rol que voluntariamente hemos asumido para combatir las malas prácticas, pueden leer el libro «Hacer Ciudad» editado por Patricio Tupper.    

Las reiterativas denuncias las efectuamos no solo en la Contraloría, sino también en menor medida, en la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), en el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en los tribunales de justicia, en los distintos ministerios relacionados con los sectores económicos de Vivienda, Urbanismo, Medio Ambiente, Agricultura, Transporte y otros. Podemos decir, sin temor a equivocarnos, que la experiencia nos indica que solo la Contraloría, aunque a veces se demora más de la cuenta, es la única que analiza en profundidad y resuelve las fundadas acusaciones que le formulamos. 

No nos gusta que actualmente, unos cuantos inversionistas, que se consideran intocables, suponen que las reglas del juego legal no se aplican para sus propios negocios y por ello cometen diversos tipos de trampas que no son detectadas por nadie y así, con esta cruel deslealtad en el mercado, obtienen inmensas ganancias perjudicando a sus competidores, quienes cándidamente se enmarcan en las regulaciones. Es obvio que este es el motivo de la concentración de la riqueza, a sabiendas que estas celebridades del sistema son las que inventaron la palabrita «permisología».   

Siempre hemos afirmado que las municipalidades son los órganos públicos menos preparados para ejercer sus funciones, pues en general sus alcaldes carecen de las competencias mínimas necesarias y si lo unimos a que, cada 4 años, ostentan ese cargo por votaciones populares, políticos que llevan a sus personas de confianza, muchas veces ineducadas, para que asuman los puestos más gravitantes del municipio, tenemos la «tormenta perfecta». Como ejemplo, recordemos lo sucedido en la comuna de Maipú con una rubia alcaldesa de la farándula, cuyo marido es un inepto diputado. 

Aunque la prensa dominante, por razones obvias, no lo destaque, aprovechamos la ocasión que nos brinda este medio de comunicación, para reconocer el eficaz y muy profesional desempeño de la Contraloría, en el caso de actualidad que acontece con 73 permisos de edificación para proyectos a emplazarse en áreas inundables de la nortina ciudad de Iquique, otorgados ilegalmente por el director de obras de esa municipalidad.  

La Contraloría ha sido contumaz, emitiendo dictámenes y diversos oficios dirigidos al alcalde Mauricio Soria, para que tales actos administrativos sean invalidados. Por transparencia, se deja en claro que este columnista, con el abogado Enzo Morales, el viernes 25/04/2025, sostuvimos por una plataforma electrónica, una agradable conversación con dicho alcalde, quien asumió el compromiso de que el director de obras municipales, su subordinado, acatará con prontitud las perentorias instrucciones de la Contraloría. 

Finalmente, hemos tomado conocimiento por Linkedin que está circulando un libro sobre urbanismo, escrito por el abogado Diego Vilas, profesional que ejerce en la Contraloría y es profesor en esta materia en la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, texto que se recomienda leer a todos los interesados en esta disciplina. 

Insistimos, si el máximo de gente colabora formulando denuncias en la Contraloría, aunque no podríamos tener una institucionalidad semejante a la de los países nórdicos de Europa, la corrupción será menor y los mercados funcionarán mejor. 

Edificios saludables y bienestar laboral

Por: Jorge Araos, Director de Oficinas JLL Chile

En el marco del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, quiero destacar el aporte que el edificio del Mercado Urbano Tobalaba (MUT) de Santiago hace para la  inversión en entornos laborales saludables, impactando directamente en la productividad, ahorro y satisfacción del talento, estableciendo un nuevo estándar en oficinas.

Este edificio no solo sobresale por su arquitectura y ubicación estratégica, sino también porque incorpora tecnología, monitorea en tiempo real factores como la temperatura ambiental, la calidad del aire y la iluminación, proporcionando condiciones laborales óptimas. Este tipo de adecuaciones pueden generar ahorros significativos, de hasta 149 UF por m² anualmente.

Más allá de la evidente reducción de costos y satisfacción de los colaboradores, estos espacios y condiciones forjan relaciones comerciales duraderas entre propietarios, arrendatarios y empleados.

Es más, estas adecuaciones ya no son exclusivas de grandes multinacionales, hoy empresas pequeñas y medianas, con equipos de 40 o 50 personas que operan en oficinas de alrededor de 500 m², también buscan beneficiarse de estas tecnologías innovadoras. La demanda por ambientes laborales saludables se ha generalizado, reconociendo los resultados que la calidad del entorno influye directamente en la productividad, el bienestar y la competitividad de la empresa.

De acuerdo a informes de JLL Chile, cerca de un 65% de los edificios actuales podría quedar obsoleto en cuanto a tecnología y sostenibilidad hacia 2030. En los últimos diez años, el mercado inmobiliario ha experimentado una transformación, antes eran las empresas quienes debían adaptarse a las condiciones existentes, pero hoy son los edificios quienes se ajustan a las necesidades del arrendatario. Factores como la calidad del aire interior, la iluminación controlada y el confort térmico han pasado a ser condiciones indispensables y altamente valoradas.

Un dato no menor es que la incorporación de la inteligencia artificial puede aumentar hasta en un 75% la eficiencia de los edificios, incrementando su valorización y rentabilidad. Soluciones inteligentes, desde sistemas lumínicos hasta controles ambientales avanzados, comienzan a llegar también a los hogares, mostrando una clara tendencia hacia la democratización de estas tecnologías sustentables.

¿Un «New Deal» para el sector inmobiliario chileno? El rol clave del Estado ahora y en adelante

Por: Eduardo Ricci Burgos, abogado de Negocios en COHLERS+PARTNER

La industria inmobiliaria y de la construcción en Chile atraviesa un período de estancamiento, marcado por la incertidumbre regulatoria, el déficit habitacional crónico y la pérdida de dinamismo económico. En este escenario, surge una pregunta inevitable: ¿puede el Estado chileno liderar un giro estratégico, un verdadero “New Deal” habitacional, similar al impulsado por Franklin D. Roosevelt en Estados Unidos tras la Gran Depresión?

El “New Deal” de Roosevelt en los años 30 no solo reactivó la economía mediante inversión pública, sino que también redefinió el papel del Estado como promotor del bienestar y la infraestructura social. Bajo esa lógica, Chile hoy podría —y debería— asumir un rol más activo en la reactivación del sector inmobiliario, no solo como facilitador, sino como actor decisivo.

Chile enfrenta un déficit “estructural” superior a las 650.000 viviendas, producto de años de políticas fragmentadas, falta de planificación urbana y una creciente exclusión del mercado formal por parte de las familias más vulnerables y sectores medios emergentes. El sector privado, aunque dinámico, no ha logrado por sí solo dar respuesta a esta brecha, en parte por las restricciones del mercado y en parte por la falta de incentivos claros.

Sin querer pecar de estatista -pues nada más alejado de ello- un nuevo pacto,  un «New Deal» inmobiliario para la vivienda y la ciudad debería poner al Estado en el centro de la solución, no estatizando el mercado, sino asumiendo un rol coordinador, inversor e innovador, capaz de activar al sector privado bajo reglas claras y con objetivos sociales y urbanos definidos.

Algunas propuestas prácticas podrían ser:

Los bancos de suelo público: El Estado puede adquirir, regularizar o destinar terrenos fiscales estratégicos para proyectos de integración social, desarrollados en alianza con privados. Esto reduciría el costo inicial del desarrollo y permitiría planificar barrios completos con servicios y conectividad.

La agilización normativa con propósito: A través de una reforma modernizadora a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y a la evaluación ambiental, se pueden establecer procesos abreviados para proyectos con impacto social, sin renunciar a estándares técnicos ni ambientales. La certeza jurídica debe ir de la mano de la celeridad.

El financiamiento mixto y fondos de inversión público-privados: Crear vehículos financieros que combinen recursos fiscales, fondos de pensiones e inversión privada para la construcción de viviendas en arriendo a precios justos (modelo «multifamily social»). Esto permitiría ampliar la oferta habitacional sin sobreendeudar a las familias.

La innovación en construcción: Impulsar incentivos a la industrialización de viviendas (prefabricadas, modulares, sustentables), mediante subsidios a la innovación y licitaciones públicas que prioricen tecnologías de bajo impacto y alto rendimiento.

De esta manera, un verdadero «New Deal» inmobiliario requiere una visión compartida en donde el Estado, privados, municipios y sociedad civil deben construir una agenda común para el desarrollo urbano y habitacional. Esto implica recuperar la confianza en las instituciones, profesionalizar la gestión del suelo y entender que la vivienda no es solo un bien económico, sino un derecho social y una herramienta de cohesión.

Roosevelt comprendió que en tiempos de crisis, el Estado debía asumir riesgos, liderar y transformar. Chile enfrenta hoy un desafío similar. ¿Podrán nuestros gobernantes comprender lo mismo? pues no basta con esperar que el mercado se recupere solo; es hora de que el Estado retome su lugar como arquitecto del bien común.

Expectativas inmobiliarias en Chile frente a guerra comercial internacional

Por: Yuval Ben Haym, Regional Director RE/MAX Chile

El anuncio de Trump de imponer aranceles del 10% a las exportaciones chilenas impactará las exportaciones, el tipo de cambio y la confianza inversora.

Se espera una presión al alza sobre el dólar, menor inversión extranjera y desaceleración económica. Esto afectará la venta de propiedades residenciales y comerciales, pero también abrirá nuevas oportunidades.

Visualizo un fortalecimiento del mercado interno, un giro hacia inversión local, y una reconfiguración del mercado inmobiliario con oportunidades en arriendos, propiedades logísticas e inversión estratégica.

Frente a escenarios globales inciertos, invertir en Chile sigue siendo una estrategia sólida para proteger el patrimonio en tiempos volátiles.

Ante un peso más débil y menores oportunidades fuera del país, creemos que veremos un fortalecimiento del mercado interno, tanto en inversión residencial como en renta, y un mayor dinamismo en comunas con alta demanda de arriendos.

La municipalidad de Peñalolén obedeció a un miembro de la élite   

Por: Patricio Hernan PAcheco, Fundación Defendamos la Ciudad..

Recientemente el Concejo Municipal de Peñalolén, presidido por el alcalde del Frente Amplio, Miguel Concha, indebidamente presionado por las amenazas de cobro de indemnizaciones por parte del privado interesado, se equivocó al aprobar una conciliación entre dicha entidad y la Inmobiliaria Universa SpA, actual dueña del megaproyecto «Hijuelas Quilín», que contempla la construcción de 38 edificios de 9 pisos c/u, con 2.314 viviendas en dicha comuna, sin percatarse que este negocio inmobiliario tramitado con infinidad de errores, como Declaración de Impacto Ambiental (DIA) dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental SEIA), fue anulado el 19/07/2023 por el Segundo Tribunal Ambiental,

Tribunal dejó sin efecto aprobación ambiental de proyecto inmobiliario de 24 torres en la comuna de PeñalolénEl Segundo Tribunal Ambiental acogió las dos reclamaciones interpuestas en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y dejó sin efecto aprobación del proyecto inmobiliario “Hijuelas Quilín”, ubicado en la comuna de Peñalolén.tribunalambiental.cl

Se debe destacar que el Plan Regulador Comunal (PRC) de Peñalolén fija para el terreno de la inmobiliaria una altura máxima de 4 pisos, empresa que tiene a su favor un curioso fallo de la Corte de Apelaciones, materia actualmente radicada en la Corte Suprema por presentación de un recurso de casación de la anterior administración municipal. Se debe destacar que el concejal independiente, Claudio Hernández, fue el único que votó en contra de este libertino negociado y con el  propósito de que los lectores de Mercados Inmobiliarios conozcan los términos de la improcedente conciliación pueden verla en link 

https://www.defendamoslaciudad.cl/noticias/item/8949-intentan-validar-cuestionado-proyecto-inmobiliario-en-penalolen

Como conocedores de este episodio, tenemos el deber de reconocer el correcto comportamiento de la ex alcaldesa, Carolina Leitao, quien como competente abogada, siempre hizo valer la ley. En su período, conforme lo ordena el artículo 53° de la Ley del Procedimiento Administrativo, con fecha 11/09/2019, se invalidaron la Aprobación de Loteo con Construcción Simultánea N° 1536 y el Permiso de Edificación N° 31/18, ambos emitidos el 23/02/2018, así como la Resolución de Aprobación de División Predial N° 1523 del 06/12/2017.   

Debido a que esa amañada conciliación, autorizada en el Concejo Municipal, sin un debate democrático, no puede producir efectos, en la cual el alcalde del Frente Amplio impidió la intervención de las dirigentes del Movimiento de Pobladores en Lucha, lo cual es un contrasentido con el discurso oficial de ese juvenil partido político, a continuación damos a conocer cierta información relacionada con la normativa urbana aplicable. Sería deseable que el alcalde y la mayoría de los concejales que la aprobaron recapacitaran a tiempo, pues en nuestro país tenemos que acostumbrarnos a respetar los marcos regulatorios y por ende combatir la corrupción que siempre ha favorecido a los apitutados dentro del sistema. 

En el año 2020 expresábamos que la DOM de Peñalolén alegremente le otorgó al doctor en Filosofía, Jorge Peña Vial, decano de la facultad de Filosofía de la Universidad de Los Andes, el permiso de edificación antes indicado conjuntamente con la resolución exenta Nº 1.536 de loteo con construcción simultánea de la misma fecha, para que en su extenso predio, conocido como ex fundo Quebrada de Macul, localizado en la avenida Consistorial Nº 5.900 de esa comuna precordillerana, levantara 18 edificios con alturas de entre 11 y 15 pisos, un centro comercial y más de 4.000 estacionamientos.

Para que la DOM cursara, tanto el permiso de edificación como la resolución exenta de loteo con construcción simultánea, se tuvieron a la vista desde el año 2014 unos cuantos certificados de informaciones previas (CIP) y otros tantos permisos de anteproyectos, los que tienen una vigencia de 6 meses y un año, dependiendo de la constructibilidad del proyecto. En este caso, por lo voluminoso del proyecto, los anteproyectos caducaban al año de otorgado y los CIP tienen vigencia mientras no cambien las reglas del juego, ya que para la obtención de permisos siempre rige la norma fijada en el Plan Regulador Comunal (PRC).

Para contextualizar, señalamos que con fecha 19/10/2016, se publicó en el Diario oficial el Decreto Alcaldicio N° 4.721, mediante el cual se postergó el otorgamiento de permisos, por parte de la DOM, por el plazo fijo de un año, es decir, hasta el 19/10/2017, teniéndose presente que el terreno rural de Peña Vial se transformó en urbano con la modificación al PRC de Peñalolén, vigente desde el 25/08/2017, dejándose en claro que el negocio inmobiliario lo ejecutaría la empresa Universa SpA, la cual debía comprar el terreno a su dueño.

Pero fue muy gracioso cuando conocimos la documentación respectiva, ya que los arquitectos de la inmobiliaria que la tramitaron en esa municipalidad, muy sueltos de cuerpo, afirmaban que el proyecto no se acogía a las normas urbanísticas del Plan Regulador Comunal (PRC), sino que al artículo 3º transitorio del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) del año 1994, referido a subsectores, ardid mercantil con el cual buscaban mejoras sustanciales en la rentabilidad del negocio. Los profesionales anteriores, suponemos que, con el acuerdo de Peña Vial, menospreciaron la inteligencia y el conocimiento de los vecinos que se verían perjudicados con esta intervención. Todos quienes intervenían en el proyecto sabían o debían saber que esa disposición del PRMS solo estaba vigente «hasta que se aprueben los nuevos PRC».   

Así fue como, diversas agrupaciones ciudadanas, con sólidos argumentos, se opusieron a los reseñados 2 actos administrativos en la propia municipalidad, la que trasladó los antecedentes ante la Seremi de Vivienda y Urbanismo. Asimismo, la fundación Defendamos la Ciudad, con la firma de este columnista y con la del vecino Patricio González, de profesión constructor, denunciaron este intento de burlar el marco regulatorio en la Contraloría General de la República ya que los 18 edificios habitacionales y el centro comercial, aprobados por el Permiso de Edificación N° 31, del 23 de febrero de 2018, se emplazarían en 8 predios resultantes del loteo con construcción simultánea, los cuales, a su vez, se generan a partir del Lote 1 de la División Afecta, que dividió el terreno original en 4 lotes.

Tal como le dijimos a la Contraloría, ello era erróneo pues se seguía presentando el mismo CIP N° 793 de 2015 para el predio originario, Rol 9095-11, el cual no correspondía a los lotes donde se emplazarían los edificios, pues lo correcto era obtener CIP,s de cada uno de los lotes resultantes, tal como lo ha señalado la jurisprudencia del ente fiscalizador. Entonces, los nuevos CIP,s  debían reflejar las normas urbanísticas vigentes al momento de que éstos se emiten, lo cual implicaba reconocer la limitada norma de 4 niveles de altura de edificación, para el terreno contenida en el respectivo PRC de Peñalolén de agosto de 2017. Pero para hacerle el quite a esta disposición urbanística, el titular del proyecto apeló sin razón legal alguna, a la norma del artículo 3° transitorio del PRMS, lo que era improcedente. 

En resumen, la empresa actual propietaria del terreno tiene todo el derecho para construir edificios de 4 pisos, obviamente respetando la densidad habitacional contenida en el PRC de Peñalolén, pero si se llegara a validar la inmoral conciliación en la Corte Suprema, una vez más el poder económico, en este caso liderado por un filósofo, saldrá ganancioso a través de ingeniosas prácticas aceptadas por autoridades municipales débiles de carácter, quedando como perjudicado directo el candidato presidencial, Gonzalo Winter, por pertenecer al mismo partido político del alcalde Miguel Concha.   

Finalmente le proponemos al distinguido doctor en filosofía y académico de la Universidad de Los Andes, numerario del Opus Dei, Jorge Peña Vial, miembro de la élite, que le evite una decisión complicada en esta conciliación a la abogada integrante de la 3a Sala de la Corte Suprema, María Angélica Benavides Casals, sometiendo motu proprio su negocio inmobiliario a las reglas del juego urbano, aunque ello le signifique reducir en un cierto porcentaje la utilidad del mismo. 

Tributación Inmobiliaria: el papel clave del contador

Por Luis Conejeros, CEO de Rabbitts Capital

La labor del contador es mucho más importante de lo que se cree. En este rubro, un contador que entienda la lógica inmobiliaria no solo ayuda a “llevar las cuentas”, sino que puede optimizar el flujo de caja, ayudar a recuperar IVA, definir la estructura tributaria adecuada, y algo que es súper importante, mantener a su cliente dentro de la normativa.

Imaginemos que compras un departamento nuevo con IVA y lo arriendas amoblado, ¿sabías que podrías recuperar ese IVA a través del artículo 27 bis? Pero solo si cumples ciertos requisitos y estructuras bien la operación. De lo contrario, puedes quedar fuera del beneficio, perder tiempo y dinero… todo por no tener al contador correcto desde el día uno.

Es muy importante seleccionar bien tu asesor, porque muchos están al debe: sin ánimo de crítica gratuita, sino desde la experiencia de ver errores que le cuestan caro a inversionistas bien intencionados.

Dado que, desde mayo del 2024, el Servicio de Impuestos Internos presentó el oficio 1017, estableciendo que quienes arriendan propiedades DFL2 amobladas —si están exentas de renta— tampoco pueden aplicar el beneficio del 27 bis. Es decir, aunque el arriendo pareciera estar afecto a IVA, la exención de renta también los excluye del beneficio tributario. Un matiz técnico, sí, pero que puede hacer la diferencia entre recuperar millones o no recuperar nada. Y es ahí la importancia de asesorarse con un contador con experiencia en esos puntos.

El contador ideal no es solo técnico; tiene que tener mirada estratégica. Hoy, yo diría que hay tres cosas mínimas que debería manejar:

  • Conocimiento profundo de los beneficios tributarios específicos del sector (DFL2, 27 bis, arriendos amoblados, etc).
  • Capacidad para interpretar los cambios normativos del SII.
  • Claridad para explicar cosas complejas de forma simple. Si no logra hacer eso, te estás subiendo a un avión sin piloto.

Muchos de los inversionistas se acercan al contador cuando ya compraron, firmaron, y están con las llaves en la mano. En ese momento, las decisiones importantes ya se tomaron.

Un buen contador debiese estar antes, ayudando a definir si te conviene comprar como persona natural o a través de una sociedad; si conviene arrendar amoblado o no; si se puede recuperar IVA, o es mejor aplicar otro enfoque. No es exageración decir que algunas decisiones se toman una sola vez, y no tienen vuelta atrás.

Para lograr un buen asesoramiento debemos entender bien cuándo un arriendo amoblado está afecto a IVA y cuándo no; si aplica correctamente el 27 bis y no quedar fuera por errores formales; conocer los límites del DFL2 (recuerda que sólo dos propiedades pueden estar exentas de renta).

Es imprescindible saber que, como persona natural, no puedes deducir ni un peso de intereses o gastos. Todo tributa. Como empresa, es otra realidad. En resumen, no es posible improvisar. La tributación inmobiliaria no perdona improvisaciones.

14/03/2026 13:58
Sábado 14 de Marzo de 2026
  • UF: $39.841,72
  • Dólar: $909,94
  • IPC: -0,20%
  • UTM: $69.889,00
  • IVP: $41.520,51