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noviembre 23, 2024 6:57 am

Denuncia infundada en contra del juez Sergio Muñoz 

Por: Patricio Herman, Fundación Defendamos la Ciudad

El 09/01/2023, es decir hace 19 meses atrás, publicamos en la radio BioBío la columna Proyecto inmobiliario paralizado: ¡Muy bien alcaldesa de Ñuñoa! en donde, entre otras cosas, aludiendo al polémico proyecto inmobiliario de la empresa Fundamenta en Ñuñoa, decíamos.

“Hace algunas semanas, la empresa titular del proyecto, imprudentemente informó a la prensa que recusó al juez Sergio Muñoz, miembro de la 3a. Sala de la Corte Suprema, porque una hija abogada y jueza de éste, lo habría aludido en una conversación con una empleada de la inmobiliaria, solicitándole devolución del dinero adelantado por la compra de 2 departamentos, habida cuenta que el proyecto no se estaba ejecutando”, agregando que “la mencionada y frágil recusación en contra del competente y probo juez Sergio Muñoz fue interpuesta por el abogado Marco Antonio Fuentes y los 5 magistrados de esta sala próximamente tendrán que emitir un fallo”.

Ahora bien, la opinión pública tiene conocimiento que la semana pasada el mismo abogado Fuentes, interpuso una denuncia en el Comité de Ética de la Corte Suprema en contra del juez Sergio Muñoz por el mismo motivo, de tal forma se entiende que los lectores comprenderán lo que persigue ese abogado que procede por cuenta de la empresa Fundamenta. Esta inmobiliaria obtuvo el permiso de edificación N° 296 otorgado el 12/10/2018 por el director de obras municipales (DOM) subrogante de Ñuñoa a las empresas Plaza Egaña SpA y Metro S.A. para construir 4 edificios de 32 pisos c/u en la esquina de las avenidas Américo Vespucio e Irarrázaval. Siempre hemos informado que ese acto administrativo municipal tiene un error de origen, pues el Estudio de los Conos de Sombra, que forma parte del permiso, está mal elaborado.

En razón de aquello, conforme a la ley de transparencia, habíamos solicitado a la municipalidad de Ñuñoa dicho Estudio, la que nos lo entregó con el nombre de “Sombras Teóricas”, concluyéndose que era un vulgar mamarracho y por ello se lo enviamos a la Contraloría General de la República para que ratificara que contenía errores evidentes. Pero, ¡oh sorpresa!, el ente fiscalizador, en su oficio N° E382461/2023 del 18/08/2023, nos responde que carecíamos de derechos o intereses para solicitarle un dictamen, contestación bastante curiosa que oportunamente se la representamos por escrito, informándole que tendríamos que recurrir ante la Seremi Minvu en la búsqueda de una corroboración de que tal “Estudio” era trucho.   

En pocas palabras, podemos expresar que en el “Estudio” falta el volumen teórico, pues sin éste no se puede comparar y medir las sombras ni tampoco que los volúmenes proyectados sean el 90% del volumen teórico y también está ausente el volumen proyectado, con el cual se puede verificar si los volúmenes proyectados exceden la altura del volumen teórico en todas sus partes, llamándonos la atención que en los planos incompletos se ponga una altura como si fuera única y constante de todo el volumen teórico. Debe quedar claro que los edificios proyectados no pueden superar en ninguna parte la altura del volumen teórico.

Ahora viene lo que la mayoría de la prensa omite y que se relaciona con el malestar de la inmobiliaria con el juez Muñoz, quien presidía la 3a Sala de la Suprema. 

En su sentencia del 01/03/2023, rol N° 1.085-2022, resolvió que “el fallo de casación concluye que, en consecuencia, este tribunal no tiene competencia para analizar si la autoridad consideró adecuadamente la observación ciudadana vinculada a la luminosidad y efecto sombra del proyecto en cuestión, toda vez que falta un requisito de procesabilidad imprescindible para tales efectos, esto es, la existencia de una reclamación administrativa ligada a tal materia que haya sido declarada admisible por la autoridad”. Es decir, la Justicia dijo que el “Estudio” de marras tenía que ser revisado por los organismos administrativos competentes, luego, la Contraloría y/o la Seremi Minvu.  

Respecto de la reciente e iracunda denuncia del abogado Fuentes en contra del juez Muñoz, casi toda la prensa le ha dado cobertura y a modo de ejemplo, el vespertino La Segunda, en su edición del 01/08/2024, publicó el reportaje “Caso Muñoz, el que agita las aguas al interior de la Corte Suprema”, en el cual se lee que el magistrado acusado entregó información privilegiada a su hija sobre una sentencia que pospuso la entrega “de dos edificios” (sic) donde ella había comprado dos departamentos.

Pero la situación es muy distinta, ya que la promitente compradora de los departamentos, Graciel Muñoz, cuando quería rescindir el contrato, solo le había dicho a la empleada de la empresa vendedora, para justificar su deseo, “te lo digo con conocimiento, no porque yo sea abogada, sino porque mi papá es el que ve todo este tema, ya que participa en la Corte Suprema”.

Se concluye entonces que se ha armado un escándalo de proporciones, por meras presunciones de que el juez Muñoz le dijo a su hija que no comprara, en circunstancias de que ella fue imprudente al mencionarlo en una conversación, sin afirmar que él la hubiera convencido de proceder como lo hizo, a pesar de que El Mercurio, en su edición del 24/07/2024, publica “la jueza de garantía habría expresado a la ejecutiva que su padre le había recomendado mover las platas del proyecto”. Como vemos, puros vocablos potenciales.

Finalmente, por el excesivo tiempo transcurrido, el “Estudio” mal elaborado por Fundamenta no producirá consecuencias negativas en el negocio de las 4 elevadas torres y reiteramos que este mal rato ocasionado al juez Muñoz se produjo por el contenido de la mencionada sentencia.

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